PRIMERO: CONDENA al acusado LAUREANO ALBERTO SALAZAR, de nacionalidad Colombiana, cedula de ciudadanía N° 88.193.735, nacido el 31-05-1979, de 27 años de edad, obrero, casado, natural de villa del Rosario, residenciado en la urbanización San Gregorio, casa sin número, Norte de Santander identificado en autos, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículos 278 del Código Penal vigente para la época en que ocurrió el hecho, en concordancia con el artículo 09 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, condenándolo igualmente a las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
SEGUNDO: SE ABSUELVE, al ciudadano LAUREANO ALBERTO SALAZAR, de nacionalidad Colombiana, cedula de ciudadanía N° 88.193.735, nacido el 31-05-1979, de 27 años de edad, obrero, casado, natural de villa del Rosario, residenciado en la urbanización San Gregorio, casa sin número, Norte de Sa.....