En razón de las precedentes fundamentaciones es por lo que este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión
PRIMERO: ACUERDA EL MANTENIMIENTO DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD decretada en contra del imputado de autos ROJAS MARTINEZ ELIS EDUARDO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 33 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 08-10-76m de oficio chofer, hijo de Eloy Antonio Rojas (v) y Eladia Esperanza Matinez (v) residenciado en San Diego de Los Altos, Sector La Osi, Zona Industrial, Carretera vieja, casa sin nùmero Charallave, Los Teques, Estdo Miranda, identificado con la cèdula de identidad nùmero 15.645.164, que fuera decretada por este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripciòn Judicial del Estado Mirand.....