DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos planteados, esta Corte de Apelaciones, actuando en Sede Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN, planteada por el abogado JESUS EDUARDO RODRIGUEZ MILLÁN, Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en la causa Nº MP21-P-2011-003186 (nomenclatura del A quo), seguida al ciudadano CARLOS JOSE BRAVO RODRIGUEZ, Cedulado V-12.614.80, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUA, prevista y sancionada en el articulo 462 en relación al articulo 99, USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el articulo 213, así como el delito de FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PUBLICO, previsto y sancionado en el articulo 319, todos del Código Penal, por haber emitido opinión en la referida causa en Audiencia Preliminar de fecha 24 de .....