Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NAIRETH GARCÍA, actuando en su carácter de Defensora Pública Penal, en contra de la decisión de fecha 20 de mayo de 2013, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Barlovento, mediante el cual el referido Órgano Jurisdiccional decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ARMANDO SERVIDEO VILORIA GONZÁLEZ, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN tipificado y penado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo; en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes.