...este Tribunal declara cumplidas todas las previsiones establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra El Desalojo y La Desocupación Arbitraria de Vivienda, en consecuencia ordena notificar al ciudadano JOSÉ FACUNDO VIVAS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.185.063, mediante boleta, con el objeto de notificarle que a partir del día siguiente a su notificación que conste en autos, comenzará el lapso de 90 días continuos, para fijar la fecha de la ejecución material del desalojo, a los a los efectos del traslado de los enseres y bienes muebles del precitado ciudadano, para que los mismos sean llevados a la Oficina de Bienes en Custodia, todo ello de conforme a los artículos del 81 al 85 del Reglamento de la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y su traslado al refugio temporal, el cual se encuentra ubicado en la Av. Venezuela del Rosal Edificio Fondur, Municipio Chacao, del Estado Bolivariano de.....