este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano RAUL ANTONIO RAMIREZ FLOREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-1.548.000, domiciliado en la carrera 2, casa N° 7-20, Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira. En consecuencia se nombra como TUTORA INTERINA del precitado ciudadano, a la ciudadana ANA CLEOTILDE VEGA DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.000.152, del mismo domicilio que el notado de incapaz y hábil, esposa del notado de incapaz, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación. Una vez conste en el expediente su aceptación, a las diez de la mañana del tercer día de despacho siguiente se llevará a cabo el acto de la juramentación.
Finalmente una vez se haya juramentado la Tutora Interina mencionada, se ordena proseguir el juicio por los trámites del procedimiento ordinari.....