...este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: La INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano JORGE ROSENDO UZCATEGUI REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.314.349, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil..
SEGUNDO: Se designa TUTOR DEFINTIVO a su madre, ciudadana ALBA MARINA REYES ECHEZURIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.248.118.
TERCERO: La presente INTERDICCIÓN DEFINTIVA deberá ser protocolizada de conformidad con lo establecido en los artículos 414 y 415 del Código Civil; igualmente, deberá ser publicado en el.....