...decide: ÚNICO: En la facultad que confieren a este órgano jurisdiccional los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara redimida, por el trabajo, la pena que en fecha tres (03) de noviembre del año dos mil nueve (2009) y en ocasión de sentencia condenatoria por los delitos de robo agravado de vehículo automotor y porte ilícito de arma de fuego, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2, 3, 5 y 10, de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y artículo 277 del Código Penal, fuera impuesta por el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 03, itinerante, del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a la persona del ciudadano JUAN JOSÉ RÍOS TOVAR, venezolano, natural de Charallave, estado Miranda, nacido el día treinta y uno (31) de abril del año mil novecientos ochenta y uno (1981), hijo de Lucila Tovar Marrero y Alberto R.....