...este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la Ciudadana EDECIA ADELAIDA ESPINOZA y sus cinco hijos EDWINS HERNAN ABELLO ESPINOZA, MARINE FELICIA ABELLO ESPINOZA, ERVIN JOSE ABELLO ESPINOZA, MARLING ILIANA ABELLO ESPINOZA y MIRTHA ADELAIDA ABELLO ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-4.776.199, V-12.502.699, V-16.910.198, V-12.835.215, V-14.428.588 y V-11.673.916, respectivamente, en su condición de causahabientes, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano CIRILO ABELLO...