Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión valles del Tuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA DE OFICIO EL BENEFICIO DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado MORGADO FREITES JORGE RAMON, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.686.151, venezolano, soltero, de profesión u oficio mensajero, residenciado en la Urbanización la Rinconada, Bloque N° 06, piso 4, apartamento B-12. Coche, Caracas; en el Centro de Tratamiento Comunitario que le sea designado por el Director del Centro de Tratamiento No Institucional, Región Capital, Caracas; en virtud de que el mismo cumple con los requisitos de procedibilidad para su otorgamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 478, 479 ordinal 1º , y en el primer aparte del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artícu.....