En consecuencia, este Tribunal DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: ACUERDA LA PRORROGA DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, conforme lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado RUDY GERMAN RANGEL UZCÁTEGUI, quien es de nacionalidad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 11-05-1959, de 46 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio buhonero, titular de la cédula de identidad N° V-5.677.234, incurso en la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA previsto y sanc.....