...PRIMERO: se decreta FLAGRANTE, la detención de los ciudadanos SOLORZANO VIENA HECTOR LUIS, PEDRO MIGUEL GUILLEN MUJICA y JEAN CARLOS ESCALONA OLLARVES titulares de la cédula de identidad N° 14.729.518, 17.703.109 Y 17.315.411 respectivamente. SEGUNDO: Se acoge la precalificación jurídica dada por el Fiscal del Ministerio Público como lo son los delitos de ROBO AGRAVADO, HURTO CALIFICADO y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 456 numeral 4 y 174 del Código Penal respectivamente. TERCERO: se acuerda proseguir la investigación por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con las previsiones del encabezamiento del artículo 373, 280, 282 y 273 último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal hasta que la vindicta pública emita su correspondiente acto conclusivo. CUARTO: IMPONE a los ciudadanos SOLORZANO VIENA HECTOR LUIS, PEDRO MIGUEL GUILLEN MUJICA y JEAN CARLOS ESCALONA OLLARVES titulares de la cédula de identidad N° 14.729.518, .....