declara: PRIMERO: ANULA la decisión de fecha 08 de julio de 2004, proferida por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual ADMITE la querella presentada por la ciudadana Yuraima del Valle Maldonado, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.551, debidamente asistida por la abogado Ylse Martínez, conforme a lo previsto en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, y SEGUNDO: se Ordena la REPOSICION de la presente causa al estado de que otro Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, decida sobre la admisibilidad de la querella antes indicada en base a lo previsto en el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal; y una vez que se produzca el referido pronunciamiento ordene notificar al Ministerio Público y al Imputado, conforme a la establecido en el artículo 296 del texto adjetivo penal.;
Se declara LA NULIDAD de la Decisión proferida por el Tribunal de la Recurrida.-
Se .....