PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano DOMINGO SANTORO OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 12.414.558 por TACHA DE DOCUMENTO contra la ciudadana MARISELA LINDA NAVAS CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 11.043.724, en razón de la declaratoria de falsificación de la firma e impresión de huellas dactilares del referido ciudadano en el documento poder otorgado ante la Notaria Pública del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 10 de abril de 2015, inserto bajo el número 25, Tomo 0138 de los Libros de Autenticaciones; y
SEGUNDO: En consecuencia, se declara la NULIDAD DEL DOCUMENTO otorgado ante la Notaria Pública del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 10 de abril de 2015, inserto bajo el número 25, Tomo 0138 del los Libros de Autenticaciones.