En mérito de lo precedentemente expuesto, este órgano jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado EMILIO MONCADA ATENCIO contra la sentencia dictada en fecha SIETE (7) de febrero de 2001, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
SEGUNDO: CON LUGAR, el derecho a cobrar honorarios profesionales de abogado a favor de la ciudadana ANA MARIA LEDEZMA GARCIA, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.139.731, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 45.025, y en consecuencia SE CONDENA a los ciudadanos LUIS ALBERTO AÑANGUEREN MACHADO, CARLOS ENRIQUE AÑANGUREN MACHADO y ELIS MARGARITA AÑANGUREN MACHADO, al pago de la suma intimada la cual deberá cancelar a favor de la abogada ANA MARIA L.....