...Definitivamente firme como quedó la sentencia publicada, en fecha 9 de febrero de 2007, por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda y sede en Los Teques, que condenó siguiendo el procedimiento especial de admisión de los hechos del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano Eduard Javier Azuaje Martínez, a cumplir la pena de 2 años de prisión y penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de robo en la modalidad de arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 456, último aparte, del Código Penal, en consecuencia, conforme lo dispuesto en el artículo 479 en relación con lo previsto en el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a precisar este Tribunal, el cómputo de la pena, fecha de finalización de la misma, y las oportunidades a partir de las cuales el penado cumple el tiempo mínimo requerido para optar a cualquiera de las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena.....