...es por lo que SE DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre las cantidades de dinero que posea el supra mencionado ciudadano en cualquier entidad financiera del país, a tenor del artículo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cantidades que deberá ser remitida a esta Sala de Juicio mediante cheque de gerencia a nombre de este Tribunal, por ende, SE ACUERDA oficiar a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), así como para que informen las Cuentas Bancarias, Firmas Autorizadas, Colocaciones o demás instrumentos financieros, así como cualquier relación de índole comercial en Institución, Entidad o en alguna de las Empresas pertenecientes al Sistema Nacional Financiero, que pueda mantener el coobligado alimentario.