PRIMERO: El penado ciudadano CESAR ALBERTO SANABRIA RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.039.468, fue detenido preventivamente en fecha 21 de julio de 2007, tal y como se desprende del acta policial cursante al folio 04 y siguientes de la primera pieza del presente asunto, teniendo detenido desde esa fecha hasta el día de hoy UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y SEIS (06) DIAS, y en virtud de que fue condenado a sufrir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, le falta por cumplir, SEIS (06) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS DE PRISION, pena esta que terminara de purgar el día 21 de julio de 2015.
SEGUNDO: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO la cumplirá a los DOS (02) AÑOS DE PRISION. (21-07-2009)
La Tercera parte de la pena, cumplimiento necesario para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO, la cumplirá a los DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION. (2.....