III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de La Ley, ORDENA la integración del litisconsorcio pasivo necesario, por lo que se llama a juicio a la Fundación para el Desarrollo y Protección del Poder Comunal (FUNDACOMUNAL), para que forme parte de la relación procesal instaurada en el presente juicio, toda vez que no fue emplazada en el auto de admisión, en el entendido que tal determinación del tribunal no da lugar a la reposición automática de la causa, pues lo procedente es llamar al tercero y sólo si éste solicita la reposición, la misma debe ser acordada, ello en aras de evitar reposiciones inútiles y dar cumplimiento al mandato constitucional contenido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De igual forma, notifíq.....