Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda¿ Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:. PRIMERO: Decreta el Procedimiento Ordinario, conforme a lo estipulado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como lo solicitó la Representación Fiscal, planteamiento al cual se adhirió la Defensa, por considerar en el presente caso hay diligencias que realizar por la via ordinaria a los fines de esclarecer los hechos que dio origen al presente proceso. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación que aporta la Representación Fiscal, relativa al artículo 417 del Código Penal venezolano vigente, que tal artículo se refiere a una cicatriz notable en la cara, y en el presente caso, si bien es cierto que la víctima .....