ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. YOSMAR HERNÁNDEZ OCANTO, en su carácter de Defensora Pública Segunda Penal del estado Miranda, contra la decisión dictada en fecha 13 de julio de 2012 por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTA EXTENSION JUDICIAL, mediante la cual acordó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, para el ciudadano PUBLIO JOEL GUAITA TRAVIESO, conforme a lo establecido en los artículos 250; 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE A FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el articulo 222 numeral 1º del Código Penal y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, estimando del mismo modo que tanto de la aprehensión del referido ciudadano, como las actuaciones procesales adolecen de nulidad absoluta.