Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: Se declara CON LUGAR la demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada por el ciudadano JEAN WILLY EDMOND, titular de la cédula de identidad N° V-16.093.490, contra el ciudadano MESSOD ALMOSNY BENZASI, titular de la cédula de identidad N° V-615.497, con respecto al inmueble registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Lander, Simón Bolívar y la Democrática del Estado Miranda, bajo el N° 46, tomo 1°, Protocolo Primero, de fecha 28-08-1.985, constituido por un apartamento distinguido con número y letra C-01, ubicado en la Planta Baja del Edificio C del Conjunto Residencial "EL RODEO" Calle Don Bosco, situado e.....