En este acto a los fines de garantizar las resultas del proceso penal se impone la medida cautelar prevista en el literal ¿G¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esto es medida de fianza, la cual consiste en la presentación de cuatro (04) fiadores que devenguen cada uno de ellos la cantidad igual o superior a tres (03) salarios mininos, los cuales deberán consignar ante este despacho Constancias de trabajo, en la cual se especifique el cargo que ocupa, el salario mensual y el tiempo de labores en la Empresa, dichas constancias deben ser en papel membretado, selladas y de posible verificación por parte del Tribunal, Constancia de Residencia y Constancia de Buena Conducta, vigentes y expedidas por la primera Autoridad Civil competente.