ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho LUÍS ÁNGEL MAZA, actuando en su carácter de defensor privado, de los adolescentes (identidad omitida de conformidad con el artículo 65, parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) en contra de la sentencia publicada en fecha 30 de junio de 2.014, por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual condenó a los adolescentes (cuya identidad es omitida de conformidad a lo establecido en el artículo 65, parágrafo segundo de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); a cumplir la sanción de CINCO (05) AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por encontrarlos incursos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORÍA previsto y sancionado en el artículo 5 con las agravantes del artículo 6 num.....