DECLARA EN REBELDÍA, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ORDENANDOSE LA LOLIZACIÓN Y TRASLADO A ESTE JUZGADO, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de: TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, se acuerda en consecuencia, librar orificio dirigido al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Dpto. de Aprehensiones con sede en Caracas, para que el mismo sea localizado y trasladado a la orden de este Juzgado. Ello de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.