...Primero: Por unanimidad se Absuelve al ciudadano Salim George Haddad Azrak, titular de la cédula de identidad Nº V-8.967.731, venezolano, natural de Aleppo, Siria, de 48 años de edad, de estado civil casado, nacido en fecha 05/01/1960, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Meri Azrak de Haddad (v) y de Yurjos Haddad (v), domiciliado en la calle Andres Bello, Residencias Victoria Plaza, Piso 5, Apartamento Nº 52, La Victoria, Estado Aragua, teléfono móvil 0414-598.03.73, de la comisión del delito de Homicidio Intencional a titulo de Dolo Eventual, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal; por aplicación del Principio del In Dubio Pro Reo, según el cual, la falta de certeza probatoria beneficia al reo, toda vez que al termino del debate del juicio oral y público no existe razonablemente la posibilidad de establecer su vinculación directa con los hechos imputados por el Fiscal del Ministerio Público, debido a la insuficiencia de pruebas incorporadas a lo largo del.....