Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Dra. Cyndia González, en su carácter de Defensora Pública; en consecuencia se Acuerda la Libertad del ciudadano Jesús Rafael Hernández, titular de la cédula de identidad N°. V-4.054.025; quien a partir de la presente fecha queda bajo la guarda y custodia de su progenitora, ciudadana Patricia Hernández Morales, titular de la cédula de identidad N° V-619.633, en virtud de su estado de enfermedad mental; de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 62 del Código Penal.
Líbrese Boleta de Excarcelación relativa al ciudadano Jesús Rafael Hernández, titular de la cédula de identidad N°. V-4.054.025, haciendo la salvedad que el referido ciudadano será entregado única y exclusivamente a la ciudadana Patricia Hernández Morales.