...declara que la agraviante ciudadana FLOR MARÍA MACHADO MARÍN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.224.655, ha incumplido el mandato constitucional dictado en este procedimiento, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales se ordena remitir copia certificada del presente expediente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Estado Miranda a los fines de que inicie el procedimiento respectivo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.