continuación se procederá a establecer las fechas a partir de la cuales previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma adjetiva penal, el penado optará a las formulas alternativas de cumplimiento de pena y en consecuencia:
1.- El Trabajo Fuera del Establecimiento (Destacamento de Trabajo), le corresponderá al haber cumplido una cuarta (1/4) parte de la pena, que en el caso de marras, equivale a dos (2) años y seis (6) meses, y le corresponde desde el día 25 de Junio del 2010.
2.- El Régimen Abierto, le procederá al haber extinguido una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir tres (3) años y cuatro (4) meses, el cual podrá solicitar desde el 25 de Abril de 2011.
3.- La Libertad Condicional, le procederá al haber extinguido las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, lo que es igual a seis (6) años y ocho (8) meses, correspondiéndole a partir del 25 de Agosto de 2014.
4.- El Confinamiento, lo puede optar al haber cumplido las tres cuartas (.....