Se ordena el enjuiciamiento del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1, 2, 3, de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, COAUTOR EN EL DELITO DE LESIONES MENOS GRAVES Y LESIONES LEVES, previsto en los artículos 413, 416 en relación con el artículo 83 eiusdem, en perjuicio de los ciudadanos ANIBAL JOSUE CENTENO USECHE, ARIANY GETSEMANI CENTENO QUIÑONES Y AURILUZ DEL CARMEN QUIÑONES BERMUDEZ. Y ASÍ SE DECLARA.