Se decreta la Libertad Plena de los ciudadanos JUAN CRISOGENO BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N° 2.065.616, CARLOS JULIO GUARAMATO CONRERAS, titular de la Cédula de identidad N° 6.001.369, FREDDY EMILIO BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N° 3.301.318 y MARIA ELENA COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad N° 5.023.698, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.