Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado JULIO CESAR BOLAÑOS, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.402.019, de nacionalidad venezolano, nacido en Caracas, fecha de nacimiento 01-12-1969, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio buhonero, residenciado en el Urbanización Casarapara, sector B, piso 02, apartamento 22, Guarenas, Estado Miranda, quien es autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO (A MANO ARMADA), tipificado y penado en el artículo 460 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el 488 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución de la Repúb.....