OTORGA de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RUBEN ALEXANDER DIAZ BAPTISTA, quien es venezolano, soltero con N° de Cédula de Identidad 16.924.476, la formula alternativa de cumplimiento de pena denominada SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por un tiempo de DOS (02) MESES y DOCE (12) DIAS, tiempo este que se computará a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, que le asigne la Coordinación de Tratamiento No Institucional del Ministerio de Interior y Justicia. Y concluido el régimen de prueba, iniciará las presentaciones por ante la Primera Autoridad Civil del lugar donde resida, a fin de cumplir con la pena accesoria prevista en el artículo 16, ordinal 2, del Código de Penal.