Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano OSCAR RAFAEL ZARRAGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº v-V-5.288.353, contra la ciudadana OMAIRA JOSEFINA GARCIA DE ZARRAGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-5.403.211. Disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído en fecha 06 de junio de 1975, por ante La Prefectura del hoy Municipio Tomás Lander del Estado Bolivariano de Miranda, Ocumare del Tuy del Estado Miranda, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 128, folio 085.