VI
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el presente Recurso de Apelación de Autos interpuesto, por los abogados CRISPIN URBINA INPREABOGADO Nº 151.101 y NOHEMI PENICHE, INPREABOGADO Nº 203.168, en su condición de Defensores Privados del ciudadano JOSE MIGUEL ROJAS RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en fecha 04 de enero de 2016, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional declaró SIN LUGAR la solicitud de Decaimiento de la medida de coerción personal, impuesta en data 15/04/2012 al ciudadano JOSE MIGUEL ROJAS RODRIGUEZ, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del deli.....