: Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional, ejercida por los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO RINCÓN OJEDA, ALFREDO GARCÍA GÓMEZ, ALEXANDER ANTONIO QUINTERO ÁVILA, FÉLIX RAMÓN ZAMORA MÁRQUEZ, ZULIMAR TATIANA DELGADO MENESES, LUIS ALFREDO MEDINA MELÉNDEZ, CESAR CLARA SALAS, PEDRO JIMENEZ ZAPATA y CARLOS ANTONIO ARDILES LEÓN, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad No. V-9.210.414, V-82.128.478, V-15.518.536, V-6.968.126, V-14.674.902, V-9.486.063, V-16.591.131, V-16.923.917 y V-4.426.497 respectivamente, siendo sus apoderados judiciales los abogados Jesús Caballero Ortiz, Ramón Manuel Arruebarrena Loreto y Yessy Coromoto Galvis Vanegas, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 4.643, 71.071 y 41.700 respectivamente, contra “ESTACIONAMIENTO RAMO VERDE S.R.L” Inscrito en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el No.82, Tomo A-82 Pro, en fecha 21 de octubre de 1981, en la persona de su representante l.....