DECRETA: PRIMERO: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO: el ciudadano, ALEXANDER RODRIGUEZ AGUIRRE, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 4.856.644, nacido en fecha: 01-01-1958, domiciliado en: Urbanización Nueva Casarapa, sector El Trapiche, Edif., 1D, piso 01, apto., D21 Guarenas Estado Miranda, por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD y LESIONES INTENCIONALES PERSONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 260, 259 de la Ley Orgànica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente y articulo 174 en su primer aparte, articulo 416 del Código Penal, todo de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda su reclusión en el Internado Judicial El Rodeo II, con sede en Guatire del Municipio Zamora Estado Miranda. Se acuerda proseguir la fase preparatoria por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 373 del Código Orgáni.....