DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la causa que se le seguía a los ciudadanos ADELA YANETH CASTRO VERDU, venezolana, fecha de nacimiento 04-06-72, de 35 años de edad, residenciada en San José de Barlovento, Muncipio Andrés Bello del Estado Miranda, sector La Amistad, Calle Principal, casa N° 99, docente, y titular de la Cédula de Identidad N° 11.484.523 Y LUIS ALBERTO HERNANDEZ QUINTANA, venezolano, natural de Río Chico, residenciado, sector La Amistad, Calle Principal, casa N° 99, docente, y titular de la Cédula de Identidad N° 10.382.833. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 3ero del Código Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 318 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, 330.3 eiusdem