la Ley CONDENA a los acusados: LUISLINE ROJAS Y JOSÉ ANTONIO VELÁSQUEZ MEDINA, ampliamente identificados anteriormente, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, así como al pago de una MULTA DE MIL (1000) UNIDADES TRIBUTARIAS, las cuales deberán ser canceladas ante el SENIAT, por la comisión del delito de REVENTA DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley de Precios Justos, todo conforme al procedimiento especial por admisión de los hechos previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Y acuerda SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, a favor de los mismos.-Regístrese y remítase al Tribunal de Ejecución que corresponda, en su oportunidad legal.