declara: PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, Sociedad Mercantil PLASTICOS ROTOMIRANDA, C.A. en la persona de sus directores gerentes, ciudadanos PABLO EDUARDO ESPINOZA LOAIZA y LUIS ALFREDO JIMENEZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-8.682.043 y V-9.419.960, respectivamente, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil;SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Desalojo que siguen los ciudadanos CLAUDIA ALEJANDRA ALVAREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.715.468, actuando en representación de la ciudadana MARÍA EUGENIA BOESI de CORRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.306.345; y el ciudadano RENATO CORRA COSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.580.026, actuando en nombre propio y en representación de la ciudadana MARÍA PAULA CORRA de BELLABARBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cé.....