este Tribunal del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, según lo dispuesto en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hoy articulo 153 de la Ley Orgánica de drogas, todo ello de conformidad a lo establecido en los Artículos 561 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes todo ello con motivo del juicio seguido contra los Jóvenes adultos IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° V-16.812.939 y IDENTIDAD OMITIDA titular de la cédula de identidad N° V-17.473.588 , quienes cuentan hoy con 28 y 29 año.....