DECRETA: PRIMERO: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO: JOSE GREGORIO TOVAR, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.844.718, de 34 años de edad, nacido en fecha: 04-08-1971, domiciliado en: Guíeme, sector 2, de la Montañita, casa Nº 71, Guarenas del Estado Miranda; Por la presunta comisión de uno de uno de los delitos de, ROBO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, todo de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda su reclusión en el Internado Judicial El Rodeo II, con sede en Guatire del Municipio Zamora Estado Miranda. Se acuerda proseguir la fase preparatoria por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal