Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada AINIGRIV DAYANA SANCHEZ PADRON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.103, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadanos PETRA FRANCISCA SANCHEZ RAGA, DILIA ARCIRA SANCHEZ RAGA, FRANCISCO SANCHEZ RAGA, JOSÉ GREGORIO SANCHEZ RAGA, NATIVIDAD SANCHEZ RAGA, NIEVES MARIA SANCHEZ RAGA, POLICARPIO PABLO SANCHEZ RAGA, FREDY RAMON SANCHEZ REINA y ZORAIDA MARGARITA SANCHEZ REYNA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-3.588.281, V-4.056.113, V-4.844.272, V-6.874.384, V-3.589.818, V-5.452.003, V-4.846.720, V-8.680.288 y V-6.660.706, respectivamente, en contra del auto dictado el 08 de febrero de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: SE ANULA el auto proferido en fecha 08 de febrero de 2012, dictado por el Juzgado Primero de Prim.....