EXTINCION DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA y en consecuencia la Libertad Plena del ciudadano NORBERTO OSORIO, titular de la cédula de identidad N° 5.459.914, de estado civil casado, de profesión u oficio mecánico , residenciado en Urbanización Cartanal, Sector Uno, Avenida 8, casa N° 13, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sujeto al cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, una vez terminada ésta, la cual culminará en fecha 10/09/03.
Regístrese, notifíquese, diarícese, oficie lo conducente a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, al Servicio de Información Policial (S.I.P.O.L.), a la Prefectura del Municipio Guaicaipuro. Cúmplase.