Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Con LUGAR la solicitud de la Fiscalía de Privación Judicial Preventiva de Libertad de las ciudadanas CASTILLO QUINTANA RITA ANTONIA, VLADILOPOLJAUSKAYA VIKI, SALAZAR ALCALA AMBROSIA ADELLADIRA. SEGUNDO: Se DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de las ciudadanas imputadas CASTILLO QUINTANA RITA ANTONIA, VLADILOPOLJAUSKAYA VIKI, SALAZAR ALCALA AMBROSIA ADELLADIRA, titulares de la Cédula de Identidad N° V-8.792.214, V- 7.098.271 Y 7.542.887 respectivamente. TERCERO: Se ordena librar Orden de Aprehensión de las ciudadanas CASTILLO QUINTANA RITA ANTONIA, Titular de la Cédula de Identidad número V- 8.792.214, de nacionalidad venezolana, natural del Socorro, Estado Guárico, nacida en fecha 28-12.1963, de 41 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Abogada, residenciada en Urbanización Prebo, Sabana Larga, Calle 128, Residencias El Budare, PB-B1, Valencia Estado Carabobo, VLADILOPOLJAUSKAYA VIKI, titula.....