...NIEGA PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al penado HÉCTOR JOSÉ GARCÍA IZARRA, venezolano, natural de Trujillo, Estado Trujillo, nacido el día tres (03) de agosto del año mil novecientos setenta y ocho (1978), hijo de Angela Izarra y Franco García, titular de la cédula de identidad personal número V-13.476.631, de profesión u oficio ayudante de prensista, y con último domicilio en Las Minas, sector El Zanjón, casa sin número, Los Teques, Estado Miranda; en virtud que el penado no ha cumplido a cabalidad con las condiciones impuestas por este órgano jurisdiccional con ocasión del otorgamiento de la medida de pre-libertad de "destino a establecimiento abierto" o "régimen abierto", siendo además un requisito indispensable de tal medida la pernocta obligatoria en Centro de Residencia Supervisada como parte del cumplimiento de la pena, lo cual no se cumpliría de ningún modo en el lugar de domicilio, aunado todo ello a que la figura de "supervisión especial" que hoy se solicita, es contemplad.....