DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: LOAIZA HERNANDEZ YERRY, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Yaracuy, nacido el día 27-09-1983, de 25 años de edad, y titular de la cedula de identidad Nª 16.136.279, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, residenciado en: calle principal, avenida Francisca Maria Trujillo, casa S/N, de fachada de color rosada, como a 30 metros de la plaza, Rió Chico, Municipio Páez, teléfono 0412-976-10-38, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 31 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Designando como sitio de reclusión el Internado Judicial el Rodeo II.