Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley de conformidad con los artículos 29, 44 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda librar oficio a la DIVISION DE APREHENSION DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CEINTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÌSTICAS REMITIENDOLE ORDEN DE APREHENSION, a nombre del penado ARBIS RAFAEL MATHEUS VILLARROEL, Titular de la cédula de identidad Nº V- 24.753.805, Venezolano, Natural de Carúpano, Estado Sucre, Fecha de Nacimiento: 23-03-1993, de 20 Años de Edad, de Profesión U Oficio: Obrero, hijo de NUNCI VILLAROEL (V), y ARGENIS MATHEUS (V), Estado Civil: Soltero, Residenciado en: Conjunto Residencial Ciudad Betania 2, Bloque 22, Apartamento 1-C, Ocumare del Tuy, Estado Bolivarian.....