DISPOSITIVA
En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: ALEJANDRO JOSE COLMENARES MORALES, titular de la cédula de identidad N°12.304.762, de Nacionalidad venezolana, nació en Caracas Distrito Capital, en fecha 29-07-1973, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión obrero, residenciado en: Barrio el Oyito santa Teresa del Tuy,calle ciega, sector 9, casa N° 13, Estado Miranda., Hijo de Huga Morales (f) y Carlos Escobar (v), por estar llenos los requisitos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º , 3º y 251 ordinales 2º y 3º, Parágrafo Primero y 252 ordinales 1° y 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la p.....