DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, el derecho invocado, así como en la sentencia N° 1070 del 9 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y con la fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano REYNALDO JOSE GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad Nº V-6.400.445, asistido por las profesionales del Derecho TERESA LECCA Y LUDMULA OCHOA, venezolanas, mayores de edad e inscritas en el I.P.S.A. bajo los N°52.433 y 34.471, en con.....